Informar de las garantías en las transferencias internacionales

Uno de los principios fundamentales que el responsable de una empresa tiene que cumplir es la transparencia de la información en el tratamiento de los datos personales.

Este principio está relacionado con el derecho del interesado a obtener toda la información que sea relevante en relación con sus datos personales.

En los artículos 13 y 14 del RGPD se recogen todos los puntos que el responsable debe facilitar cuando trata datos personales. Además de indicar la identidad y datos de contacto del responsable, en su caso, del delegado de protección de datos, los fines del tratamiento y los destinatarios, el responsable está obligado también a informar de su intención de realizar transferencias internacionales de datos.

En el caso de que las transferencias estén basadas en garantías adecuadas, normas corporativas vinculantes o en los supuestos de las excepciones para situaciones específicas se tiene que dejar indicado lo siguiente:

  •  Copia de las garantías adecuadas
  •  Lugar en el que se hayan puesto a disposición, es decir, se ha de incluir en la información, una URL que permita al interesado acceder al documento que contiene dichas garantías.

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